El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad castigar hasta 22 años de prisión y aumentará por diversas agravantes, a los responsables de agredir con ácido a otra persona.
Con 453 votos a favor, se avalaron las reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Víctimas, para imponer de siete a quince años de prisión y de trescientos a setecientos días multas a quien por sí o por interpósita persona cause lesión o lesiones a otra persona, y utilice para ello cualquier tipo de ácido, álcali, agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable.
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La sentencia tendrá como agravante cuando la lesión o lesiones afecten la cara, el cuello, el brazo, la mano o los órganos sexuales de la víctima, y por ello aumentará hasta en un tercio, en su mínimo y en su máximo, es decir, 20 años tras la rejas.
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Otras de las agravantes es cuando la víctima sea una mujer, persona con discapacidad o menor de edad, la pena se aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, es decir, que se incrementa hasta 22.5 años.
Si la lesión o lesiones afectan órganos o funciones vitales, ponen en peligro la vida o afectan más de la mitad del cuerpo, el delito podrá ser catalogado como homicidio o feminicidio, en grado de tentativa, que alcanza hasta 40 años de cárcel.
La reforma también adiciona un segundo párrafo al artículo 36 de la Ley General de Víctimas, para establecer que, en el caso de las víctimas de lesiones inferidas con ácido o sustancias similares, se garantizará el acceso a cirugías reconstructivas.
El dictamen se turnó al Senado de la República para su discusión y eventual aprobación.
ARM